DÍA DEL ARTISTA NACIONAL EN GUATEMALA, 27 DE OCTUBRE
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DECRETO
NÚMERO 35-81
EL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA,
CONSIDERANDO:
Que es obligación fundamental del Congreso
emitir leyes cuyos alcances beneficien a los sectores nacionales que con el
producto de su propia participación social y laboral contribuyen al desarrollo
del país;
CONSIDERANDO:
Que la constitución de la República
establece que toda riqueza artística e histórica goza de la protección del
Estado, así como toda manifestación del arte nacional;
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer una fecha para
celebrar el Día del Artista Nacional, con el objeto de mantener el recuerdo de
los artistas, técnicos y manuales guatemaltecos fallecidos en el accidente
aéreo ocurrido en el Departamento de El Petén, el día 27 de octubre de 1951.
POR
TANTO,
En uso de las facultades que le asigna el
inciso 1o. del artículo 170 de la Constitución de la República,
DECRETA:
Artículo 1o.- Se declara el 27 de octubre
de cada año, como DÍA DEL ARTISTA NACIONAL, fecha en la cual gozaran de asueto,
o en su defecto, de pago extraordinario de su salario, por las labores que en
cumplimiento de su trabajo realicen los artistas en la mencionada fecha.
Artículo 2o.- Las entidades públicas y
privadas cooperaran para que los artistas, técnicos y manuales del arte
nacional puedan celebrar anualmente la fecha citada en el artículo anterior, el
día de su profesión.
Artículo 3o.- El presente decreto entrara
en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Pase al Organismo Ejecutivo para su
publicación y cumplimiento.
Dado en el Palacio del Organismo
Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los trece días del mes de octubre de
mil novecientos ochenta y uno.
JORGE BONILLA LÓPEZ,
Presidente.
AVEREL LEMUS RODRÍGUEZ,
Primer Secretario.
DAVID ARTURO VEGA VILLELA,
Segundo
Secretario.
Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de octubre de mil novecientos
ochenta y uno.
Publíquese y cúmplase
FERNANDO ROMEO LUCAS GARCÍA
El Ministro de Educación,
CLEMENTINO CASTILLO CORONADO.
El Ministro de Trabajo y Previsión Social,
CARLOS ALARCÓN MONSANTO.