DECLARACIÓN
DE INDEPENDENCIA ABSOLUTA DE CENTO ÁMERICA
DECRETO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUYENTE, DEL 1º DE JULIO DE 1823
descargar directamente la declaracion de independencia absoluta de C.A en:
"Los Representantes de las Provincias Unidas del Centro de América,
congregadas á virtud de la convocatoria, dada en esta ciudad, á 15 de
septiembre de 1821 y renovada en 29 de marzo del corriente año, con el
importante objeto de pronunciar sobre la independencia y libertad de los
pueblos, nuestros comitentes sobre su recíproca unión: sobre su gobierno; y
sobre todos los demás puntos contenidos en la memorable acta del citado día 15
de Septiembre, que adoptó entonces la mayoría de los pueblos de este vasto
territorio, y á que se han adherido posteriormente todos los demás, que hoy se
hallan representados en esta Asamblea general.
Después de examinar, con todo el detenimiento y madurez que exige la
delicadeza y entidad de los objetos con que somos congregados, así la acta
expresada de Setiembre de 21 y la de 5 de enero de 1822, como también el
decreto del Gobierno Provisorio de esta provincia, de 29 de Marzo último, y
todos los documentos concernientes al objeto mismo de nuestra reunión.
Después de traer á la vista todos los datos necesarios para conocer el
estado de la población, riqueza, recursos, situación local, extensión y demás
circunstancias de los pueblos que ocupan el territorio antes llamado reino de
Guatemala.
Habiendo discutido la materia: oído el informe de las diversas comisiones
que han trabajado para acumular y presentar á esta Asamblea todas las luces
posibles acerca de los puntos indicados: teniendo presente cuando puede
requerirse para el establecimiento de un nuevo Estado; y tomando en
consideración:
PRIMERO
Que la independencia del Gobierno Español ha sido y es necesaria en las
circunstancias de aquella Nación y las de toda la América: que era y es justa
en sí misma y esencialmente conforme á los derechos sagrados de la naturaleza:
que la demandaba imperiosamente las luces del siglo, las necesidades del Nuevo
Mundo y todos los más caros intereses de los pueblos que lo habitan.
Que la naturaleza misma resiste la dependencia de esta parte del globo,
separada por un océano inmenso de la que fue su metrópoli, y con la cual le es
imposible mantener la inmediata y frecuente comunicación, indispensable entre
pueblos que forman un solo Estado.
Que la experiencia de más de trescientos años manifestó á la América que su
felicidad era del todo incompatible con la nulidad á que la reducía la triste
condición de colonia de una pequeña parte de Europa.
Que la arbitrariedad, con que fue gobernada por la Nación Española, y la
conducta que ésta observó constantemente, desde la conquista, excitó en los
pueblos él más ardiente deseo de recobrar sus derechos usurpados.
Que, á impulsos de tan justos sentimientos, todas las provincias de América
sacudieron el yugo que las oprimió por espacio de tres siglos: que las que
pueblan el antiguo reino de Guatemala proclamaron gloriosamente su
independencia en los últimos meses del año 1821; y que la resolución de
conservarla y sostenerla es el voto general y uniforme de todos sus habitantes.
SEGUNDO
Considerando por otra parte: que la incorporación de estas Provincias al
extinguido Imperio Mejicano, verificada solo de hecho en fines de 1821 y
principios de 1822, fue una expresión violenta, arrancada por medios viciosos e
ilegales.
Que no fue acordada ni pronunciada por órganos ni por medios legítimos; que
por estos principios la Representación Nacional del Estado Mejicano jamás la
aceptó expresamente, ni pudo con derecho aceptarla; y que las providencias que
acerca de esta unión dictó y expidió D. Agustín de Iturbide, fueron nulas.
Que la expresada agregación ha sido y es contra á los intereses y á los
derechos sagrados de los pueblos, nuestros comitentes: que es opuesta á su
voluntad; y que un concurso de circunstancias tan poderosas e irresistibles
exigen que las Provincias del antiguo Reino de Guatemala se constituyan por sí
mismas y con separación del Estado Mejicano.
Nosotros, por tanto, los Representantes de dichas Provincias, en su nombre,
con su autoridad y conformes en todo con sus votos, declaramos solemnemente:
1º Que las expresadas Provincias, representadas en esta Asamblea, son
libres e independientes de la antigua España, de Méjico y de cualquiera otra
potencia así del antiguo, como del Nuevo Mundo; y que no son ni deben ser el
patrimonio de persona ni familia alguna.
2º Que, en consecuencia, son y forman Nación Soberana, con derecho y
actitud de ejercer y celebrar cuantos actos, contratos y funciones ejercen y
celebran los otros pueblos libres de la tierra.
3º Que las Provincias sobredichas, representadas en esta Asamblea (y las
demás espontáneamente se agreguen de las que componían el antiguo Reino de
Guatemala), se llamarán, por ahora, y sin perjuicio de lo que se resuelva en la
Constitución que ha de formarse, "PROVINCIAS UNIDAS DEL CENTRO DE
AMÉRICA".
Y mandamos que esta declaratoria y la acta de nuestra instalación se
publiquen con la debida solemnidad en este pueblo de Guatemala, y en todos y
cada uno de los que se hallan representados en esta Asamblea: que se impriman y
circulen: que se comuniquen á las Provincias de León, Granada, Costa Rica y
Chiapas y que en la forma y modo, que se acordará oportunamente, se comuniquen
también á los Gobiernos de España, de Méjico y todos los demás Estados
independientes de ambas Américas.
Dado en Guatemala, á primero de Julio de mil ochocientos veintitrés. - José
Matías Delgado, Diputado por San Salvador, Presidente.- Fernando Antonio
Dávila, Diputado por Sacatepéquez, Vice-Presidente.- Pedro Molina, Diputado por
Guatemala. - José Domingo Estrada, Diputado por Chimaltenango. - José Francisco
Córdoba, Diputado por Santa Ana. - Antonio José Cañas, Diputado por
Cojutepeque. - José Antonio Jiménez, Diputado por San Salvador. - Mariano
Beltranena, Diputado Suplente por San Miguel. - J. Domingo Diéguez, Diputado
Suplente por Sacatepéquez.- Juan Miguel Beltranena, Diputado por Cobán. -Isidro
Menéndez, Diputado por Sonsonate. -Marcelino Menéndez, Diputado por Santa Ana.
-José María Herrarte, Diputado Suplente por Totonicapan. -Simeón Cañas,
Diputado por Chimaltenango. -José Francisco Barrundia, Diputado por Guatemala.
-Felipe Márquez, Diputado Suplente por Chimaltenango. -Felipe Vega, Diputado
por Sonsonate. -Pedro Campo Arpa, Diputado por Sonsonate. -Cirilo Flores,
Diputado por Quezaltenengo. -Francisco Flores, Diputado por Quezaltenango.-Juan
Vicente Villacorta, Diputado por San Vicente. -Ciriaco Villacorta, Diputado por
San Vicente. -José María Castilla, Diputado por Cobán. -Luis Barrutia, Diputado
por Chimaltenango.-José Antonio Azmitia, Diputado Suplente por Guatemala. -Julián
Castro, Diputado por Sacatepéquez. -José Antonio Alcayaga, Diputado por Sacatepéquez.-Serapio
Sánchez, Diputado por Totonicapán. -Leoncio Domínguez, Diputado por San Miguel.
-José Antonio Peña, Diputado por Quezaltenango. -Francisco Aguirre, Diputado
por Olancho. -José Beteta, Diputado por Salamá.-José María Ponce, Diputado por
Escuintla.-Francisco Benavente, Diputado Suplente por Quezaltenango. -Miguel
Ordoñez, Diputado por San Agustín. -Pedro José Cuellar, Diputado Suplente por
San Salvador. -Francisco Javier Valenzuela, Diputado por Jalapa. -José Antonio
Larrave, Diputado Suplente por Esquipulas. -Lázaro Herrarte, Diputado por Suchitepéquez.
-Juan Francisco de Sosa, Diputado Suplente por San Salvador, secretario.
-Mariano Gálvez, Diputado por Totonicapán. Secretario. -Mariano Córdoba,
Diputado por Güegüetenango, secretario. -Simón Vasconcelos, Diputado suplente
por San Vicente, secretario.-