PLAN
PACIFICO DE INDEPENDENCIA
EN
NOMBRE DEL SER SUPREMO PLAN PACIFICO DE INDEPENDENCIA PARA LA PROVINCIA DE
GUATEMALA.
Artículo 1°. No tenemos Jefe para esta
empresa. Elegimos desde ahora de nuestra plena voluntad y general
consentimiento al Señor Don Gabino Gaínza nuestro actual interino Jefe. Sí
aceptaré pasará a serlo en toda la propiedad y legitimidad que le confiere la
elección del pueblo; obtendrá los honores y recompensas debidas por su mérito,
nuestra gratitud y la de nuestra posteridad.
Artículo 2°. La aceptación del Gefe
tendrá por primer efecto convocar una Junta Generalísima de los vecinos.
a) Pretexto de prevenir el desorden en caso de
decidirse el pueblo a la independencia, en que solamente se les propondrá a los
concurrentes voten secretamente en pro o en contra de ella.
b) Hecha la votación se nombrarán dos
escrutadores, para reconocer los votos, y publicar su resultado.
Artículo 3°. Si éste fuere en pro, el
Gefe les dirá a los concurrentes: “Señores: el pueblo está por la
independencia: Nombremos una Junta que lo dirija”.
Artículo 4°. Esta Junta se nombrará
acto continúo, y deberá constar de dos individuos de cada provincia, procurando
que sean nativos de ellas. Acto continuo se llamarán a los sujetos nombrados, y
se les tomará juramento de cumplir fielmente su cargo. En el hecho quedará
instalada la Junta.
Artículo 5°. La primera cesión de está será
secreta y su primera ocupación extender los partes correspondientes de este
paso anterior dado hacia la independencia, para los gefes políticos superiores
e inferiores, y alcaldes constitucionales de los pueblos que formará con ellos
el Gefe.
Artículo 6°. En sus sesiones
siguientes se ocupará en preparar los elementos de que deberá constar el
Congreso Nacional, modo de convocarlo, etc., etc.
Artículo 7°. No se innovará nada en
cuanto al gobierno, ni se tratará de remover empleado alguno, a no ser que se
considere peligroso contra el futuro inmediato sistema.
Artículo 8°. Seremos aliados natos de la
Península; y confederados de los nuevos Gobiernos americanos.
Artículo 9°. Los Españoles europeos no sólo
serán perseguidos, sino protegidos por nosotros.
Artículo 10°. Obtendrán los mismos
derechos que hoy tienen.
Artículo 11°. Y privilegios en punto a Comercio con respecto
a los extranjeros.
Tales serán los medios sencillos de proclamar
nuestra independencia, y las bases equitativas en que deberá fundarse: y
relaciones en que deberemos quedar con respecto a los españoles. Si logramos
este paso, el Jefe con la Junta (después de poner en resguardo a las personas
que pudiesen peligrar) pasarían a la Catedral a dar gracias al Altísimo, y el
resto del Pueblo se repartiría por la ciudad a hacer las demostraciones
correspondientes”.
1.
A esta reunión deberán concurrir el Arzobispo, y algunos canónigos, los
Prelados Eclesiásticos, los Xefes
Militares, los Oidores que sean cabezas de casa, y de la Diputación Provincial, con algunos vocales
del Ayuntamiento. Determinado el día en
que se ha de convocar la Junta se mandara poner el Batallón de Milicias sobre las armas, y se dará aviso secreto al pueblo
por medio de los Síndicos para que concurra
en masa a diferentes puntos de la ciudad, y griten viva la independencia.
Una
guardia de negros mandada por su oficial Dn. Justo Milla guardara la puerta del salón en que se haga la junta, y
aquel día estará de guardia en el Fixo un oficial de los de confianza.
2.
Cuando el Xefe determine que se nombre esta Junta habrá grandes reconvenciones y alboroto. El Xefe entonces
llamara al orden a los exaltados, y les dirá:
Señores: aquí hemos concurrido a decir una cosa de la mayor importancia: he convocado a los principales para el efecto: Voten VV.
Si se debe o no hacer el nombramiento propuesto. –Si alguno
en este intermedio quisiese salir para irse no se
lo permitirá el Xefe, hasta que se concluya el nombramiento de la Junta. Concluido el nombramiento mandara de
Gefe arrestar a los más exaltados en contra
de la independencia para asegurar sus personas, y resguardarlas del insulto del pueblo.
3.
Nombrada la Junta se presentara el Xefe en un balcón y gritara viva la independencia: a que contestara el
pueblo con aclamación: en seguida se presentara
en el mismo parage la Junta Provisional preparatoria, y el Gefe la dará a conocer al pueblo.
4.
Se removerán si de sus destinos todos los militares que notoriamente se hayan opuesto al sistema de independencia, y
se removerán, para siempre, quedándoles su
estado integro a los que tuvieren, y salvo conducto para salir fuera de la provincia.
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