jueves, 27 de octubre de 2016

DÍA DEL ARTISTA EN GUATEMALA


DÍA DEL ARTISTA NACIONAL EN GUATEMALA, 27 DE OCTUBRE
________________________________________________________________
DECRETO NÚMERO 35-81

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

     Que es obligación fundamental del Congreso emitir leyes cuyos alcances beneficien a los sectores nacionales que con el producto de su propia participación social y laboral contribuyen al desarrollo del país;

CONSIDERANDO:

     Que la constitución de la República establece que toda riqueza artística e histórica goza de la protección del Estado, así como toda manifestación del arte nacional;

CONSIDERANDO:

     Que es necesario establecer una fecha para celebrar el Día del Artista Nacional, con el objeto de mantener el recuerdo de los artistas, técnicos y manuales guatemaltecos fallecidos en el accidente aéreo ocurrido en el Departamento de El Petén, el día 27 de octubre de 1951.

POR TANTO,

     En uso de las facultades que le asigna el inciso 1o. del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

     Artículo 1o.- Se declara el 27 de octubre de cada año, como DÍA DEL ARTISTA NACIONAL, fecha en la cual gozaran de asueto, o en su defecto, de pago extraordinario de su salario, por las labores que en cumplimiento de su trabajo realicen los artistas en la mencionada fecha.

     Artículo 2o.- Las entidades públicas y privadas cooperaran para que los artistas, técnicos y manuales del arte nacional puedan celebrar anualmente la fecha citada en el artículo anterior, el día de su profesión.

     Artículo 3o.- El presente decreto entrara en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

     Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento.

     Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los trece días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y uno.


JORGE BONILLA LÓPEZ,
Presidente.


AVEREL LEMUS RODRÍGUEZ,
         Primer Secretario.


DAVID ARTURO VEGA VILLELA,
                                                                                  Segundo Secretario.


     Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y uno.

     Publíquese y cúmplase

FERNANDO ROMEO LUCAS GARCÍA


El Ministro de Educación,
CLEMENTINO CASTILLO CORONADO.


El Ministro de Trabajo y Previsión Social,
                                                     CARLOS ALARCÓN MONSANTO.


No hay comentarios:

Publicar un comentario