miércoles, 19 de octubre de 2016

Día del escritor MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS


En el año de 1999, el entonces Presidente Álvaro Arzú, mediante Acuerdo Gubernativo declaró el 19 de octubre como el "Día del Escritor Guatemalteco Miguel Ángel Asturias" para conmemorar el natalicio del premio Nobel de Literatura.  Posteriormente en el año  2014 el Congreso de la República declaró el 9 de Junio como el "Día de Miguel Ángel Asturias" para recordar la fecha de su fallecimiento.
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Acuerdo Gubernativo No. 901-99

Organismo Ejecutivo
Ministerio de Cultura y Deportes

Acuérdase celebrar el 19 de octubre de cada año como el “DÍA DEL ESCRITOR GUATEMALTECO MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS”, como se indica.

ACUERDO GUBERNATIVO NO. 901-99

Guatemala, 7 de diciembre de 1999.

El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 19 de octubre de 1899, nació en la Ciudad de Guatemala, el connotado escritor, novelista y poeta guatemalteco Licenciado MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS quien con su aporte cultural a través de su obra literaria, en vida, fue galardonado con el Premio Lenin de la Paz, con el Premio Nobel de Literatura y otras distinciones, lo que constituye una gloria para Guatemala y las letras hispanoamericanas

CONSIDERANDO:
Que la creatividad literaria del ilustre escritor guatemalteco Licenciado MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS, además de haber reafirmado nuestra identidad nacional, culturalmente motivó el reconocimiento internacional de nuestra Patria, por lo que es procedente honrar su memoria con el propósito de difundir y promover su aporte cultural dictando al efecto la correspondiente disposición legal.

POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal c) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ACUERDA:
ARTÍCULO 1. DECLARATORIA. Se declara el 19 de octubre de cada año como el “DÍA DEL ESCRITOR GUATEMALTECO MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS”, en conmemoración a la fecha de su nacimiento.

 ARTÍCULO 2. PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN. Se instituye al Ministerio de cultura y Deportes y a las demás dependencias del Organismo Ejecutivo, para que, dentro del marco de su respectiva competencia y, en cumplimiento del presente Acuerdo, dicten las disposiciones que consideren oportunas para dar a conocer la obra literaria del connotado escritor guatemalteco Licenciado MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS y promuevan las actividades que estimen convenientes para dar a conocer, en ese día, sus méritos artísticos.

ARTÍCULO 3. VIGENCIA. El presente Acuerdo Gubernativo empezar a regir el día de su publicación en el Diario Oficial.


Comuníquese,

Álvaro Enrique Arzú Irigoyen
Presidente

El Ministro de Cultura y Deportes,
Estuardo Cuestas Morales

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