DECRETO DE FUNDACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA, 10 DE NOVIEMBRE DE 1871
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DECRETO NUM. 30.
Considerando: que la grande estension
del departamento de Chiquimula, hace ineficaz la accion de las autoridades:
Que es conveniente al mejor servicio
publico y á los intereses particulares remediar aquel inconveniente; y de
conformidad con los deseos de las municipalidades,
DECRETO:
Art. 1. ° El departamento se
divide en dos: el de Chiquimula con su misma cabecera; y el de Zacapa, cuya
cabecera será la villa del mi nombre.
Art. 2. ° La línea divisoria entre uno y otro, se determina de la manera siguiente: al sur de
Zacapa, partiendo del callejon de Guastatoya, en línea recia hacia el oriente, pasa por el pié de la cuesta de Petapilla y
termina en el nacimiento de1 rio Managua. Desde este punto, con norte franco, y
pasando por la aldea llamada Barbasco, hasta la cumbre de la colina de Verapaz.
La misma colina continúa siendo la línea divisoria de Verapaz. Al poniente,
desde el callejón de Guastatoya en línea recta, pasando por la confluencia del
rio Tocoy con el Motagua y continuando
la línea con norte franco hasta la cumbre de la dicha colina de Verapaz.
Art. 3. ° Los pueblos de
Sansaria, Sanarate y Guastatoya quedan agregados al departamento de Guatemala.
Dado en Guatemala, á diez de
noviembre de mil ochocientos setenta y uno.
Miguel Garcia Granados.
El Ministro de Gobernación,
Francisco Alburez
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