DECRETO
NÚMERO 66-95
El
Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que la Liga Nacional Contra la Tuberculosis, desde hace muchos años,
tiene al servicio del pueblo de Guatemala un laboratorio de baciloscopia, el
cual actualmente está equipado con equipo moderno y computarizado para prestar
un mejor servicio a precios bajos;
CONSIDERANDO:
Que el 27 de septiembre de 1995, la Liga Nacional Contra la Tuberculosis
estará celebrando sus “Bodas de Oro” de fundación y labor ininterrumpida a
favor del pueblo de Guatemala, por lo que ha cumplido con los objetivos
trazados desde su creación,
POR
TANTO,
En Ejercicio de las atribuciones
que le confiere el artículo 171 inciso
a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Artículo 1. – Declara el día 27 de
septiembre de cada año como “Día Nacional de la Liga Contra la Tuberculosis”.
Artículo 2. – El presente Decreto
entrara en vigencia inmediatamente después de su publicación en el Diario
Oficial.
Pase al Organismo Ejecutivo para su
publicación y cumplimiento.
Dado en el Palacio del Organismo
Legislativo; en la ciudad de Guatemala, a veintiún días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y
cinco.
LIZARDO
ARTURO SOSA LÓPEZ
Segundo
Vicepresidente en Funciones de Presidente.
MARIO
ISRAEL RIVERA CABRERA,
Secretario
FRANCISCO
RICARDO MERIDA OROZCO,
Secretario.
Palacio Nacional: Guatemala, tres
de octubre de mil novecientos noventa y cinco.
Publíquese y Cúmplase
DE
LEÓN CARPIO
Dr.
ENRIQUE E. DUARTE DE T.,
Viceministro
de Salud Pública y A. S.,
Encargado
del Despacho
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